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A LA MAIZ.. CON TOKIO ANDA EL SAT..👀

 

A caray que pena..😊

Bueno a ver si le echa unos pesillos a mi cuenta de banco el Sat..😜

Vamos a la nota…

El Servicio de Administración Tributaría (SAT) y cualquier autoridad hacendaría podrá acceder a tu información bancaria sin contar con una orden judicial, lo que le permitirá vigilar tu actividad financiera de cerca para asegurarse de que cumples con tus obligaciones fiscales.

A la maíz  ¿Y desde cuándo?

11 de mayo.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional la facultad de las autoridades hacendarias federales para solicitar y acceder a información bancaria de los ciudadanos mexicanos sin necesidad de contar con la autorización previa de un juez.

¿Cómo puede vigilarme el SAT?

Esto quiere decir que el SAT podrá revisar en cualquier momento las cuentas de cualquier persona, pues la SCJN señaló que “el derecho a la privacidad no es absoluto» y debe ponderarse en caso de que la autoridad hacendaria sospeche de conductas como la defraudación fiscal, el lavado de dinero, el terrorismo o la delincuencia organizada.

Además, al tratarse de una actuación administrativa para fines de comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales, la SCJN consideró que no resulta arbitraria, pues debe estar debidamente fundada y motivada.

Y agregó que una vez que el SAT obtenga tu información financiera podrá acudir ante el Ministerio Público para denunciar hechos posiblemente constitutivos de delito.

Aunque no se determinaron los parámetros o condiciones en los que el SAT podrá acceder a los datos financieros de las personas.

Así que bye privacidad o ¿Qué piensas?

 

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