SCJN concede amparo contra la ley de la Industria Eléctrica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el primer amparo en contra de la Ley de la Industria Eléctrica.
El proyecto fue elaborado por el ministro Pérez Dayán.
Votaron en contra las ministras Lenia Batres Guadarrama y Esquivel Mossa; a favor, el ministro Luis María Aguilar Morales.
Previamente, al inicio de la sesión, se votó y consecuentemente aprobó el impedimento del ministro Javier Laynez Potisek para participar en la votación del amparo 164/2023.
Las seis empresas que obtuvieron el amparo son Recursos Solares PV de México IV, Eólica Tres Mesas, Tractebel Energía Monterrey, Tractebel Energía de Pánuco, Engie Abril PV y BNB Villa Ahumada Solar.
SCJN considera que debe dejar de aplicarse la reforma
El proyecto aprobado declara que siete artículos de la reforma a la ley son inconstitucionales, debido a que violan las normas relacionadas con la generación y mercado eléctrico mayorista.
Esto, al darle preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a las empresas privadas que trabajan exclusivamente para este organismo.
En este orden de ideas, quedó establecido que, si bien se da la protección de la Constitución a las seis empresas que se quejaron, la Segunda Sala de la SCJN consideró que, para efectos prácticos, debe dejar de aplicarse la reforma.
De esta manera seguiría aplicando la versión previa a la de 2021.
Reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica vulnera principios de libre concurrencia, competencia y desarrollo sustentable: #SegundaSalaSCJN https://t.co/Pe7Z9pr8rC pic.twitter.com/yGYrfEuyFb
— Suprema Corte (@SCJN) January 31, 2024
